Mujer Empresaria, quiero decirte algo

Venta a beneficio de la Fundación Bendecidos Para Bendecir

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Autora: Martha Sylvia Torres
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Mujer Empresaria, quiero decirte algo …
es un libro que tiene la intención de transmitir un mensaje de prosperidad y confianza a las mujeres. Se trata de una guía que conduce a las mujeres sobre la manera de recuperar su autoestima y reinventarse en este mundo moderno. Mi objetivo es enseñarles a llevar una vida equilibrada y exitosa. Ayudarles a descubrir el potencial de ser una mujer de negocios con el fin de que lograron su libertad emocional, espiritual y financiera. ~M.S. Torres

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Nuevo Reglamento del Agente de Administrador de Condiminios

Nuevo reglamento establece requisitos para ser agente administrador de condominios

El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) promulgó el nuevo reglamento sobre licencia, permiso y registro de agentes administradores de condominios, aprobado al amparo de la nueva Ley de Condominios de Puerto Rico.

El Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) promulgó el nuevo reglamento sobre licencia, permiso y registro de agentes administradores de condominios, aprobado al amparo de la nueva Ley de Condominios de Puerto Rico.

Bajar el Reglamento 9263

La nueva reglamentación crea un registro de agentes, administradores de condominios, establece el proceso para certificación y los mecanismos para el otorgamiento de licencias y permisos a las personas que reúnan los requisitos y las condiciones establecidas por DACO para administrar un condominio.

La agencia afirma que el reglamento 9263 —que entra en vigencia el 20 de marzo de 2021— busca brindar mayor protección a los condóminos frente a potenciales prácticas indeseables en la administración de los condominios, crear un balance de intereses entre los agentes administradores de condominios y los consejos de titulares, y establecer los procedimientos y las sanciones aplicables a las personas que incumplan con las disposiciones.

Ninguna persona podrá operar como agente administrador en Puerto Rico sin haber obtenido, previamente, una licencia expedida por el DACO, al amparo del reglamento.

Toda licencia emitida por el Departamento de Asuntos del Consumidor tendrá una vigencia de 2 años y no será transferible.

Toda persona que, al momento de la aprobación de este reglamento, esté ejerciendo como agente administrador sin licencia, tendrá un termino de 120 días (contados a partir a la entrada en vigor del reglamento) para presentar su solicitud de licencia e inscripción en el registro.

Publicado en aldia.microjuris.com el 27 de febrero de 2021

Proponen ley contra desalojos ante desastres

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El Proyecto de la Cámara 488 propone crear la Ley contra Desalojos ante Desastres.

El proyecto establece las medidas de emergencia para detener las acciones de desalojo por falta de pago, en casos de ejecuciones de hipoteca y arrendamiento.

Además, la medida explica las protecciones y las responsabilidades de las personas deudoras contra acciones de desalojo.

Estatus de la medida

La medida legislativa fue referida a las Comisiones de Vivienda y Desarrollo Urbano y a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes.

¿Quiénes presentaron la medida?

La medida fue presentada por el representante Carlos “Johnny” Méndez Núñez, el representante Denis Márquez Lebrón, el representante Ramón Luis Cruz Burgos, la representante Mariana Nogales Molinelli, el representante José Bernardo Márquez Reyes y el representante Ángel Fourquet Cordero.

Se trata de una medida por petición de Ayuda Legal Puerto Rico, Inc.

Publicado por Comunicaciones aldia.MicroJuris.com el 15 de febrero de 2021

Licencias Activas de Corredor y Vendedor de Bienes Raíces

Grandes oportunidades para nuestra carrera. Nuestro negocio es una gran fuente de ingresos. No pongas a dormir tu licencia úsala para bendición de todos en especial para ti y los tuyos!!!

La Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces les comparte los datos recientes de Licencias Activas a Enero 2021. En esta ocasión las categorías presentadas son de Corredores, Vendedores y Empresas mientras que nos encontramos depurando el resto de las categorías bajo nuestra jurisdicción.

–Gracias a mis compañeros de la JCVEBR, Federico Turbi y Maria Judith Oquendo por ser parte de este esfuerzo para dar paso hacia nuevos proyectos con certeza/claridad en beneficio del servicio al consumidor y la industria.
~Vanessa Rivera, Presidenta de la Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces de Puerto Rico.

Publicado el 29 de enero de 2021 en Facebook

Tranque hipotecario

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Prolifera la intención de vender casas por encima de su valor real o la deuda contraída con la banca

Por Brenda A. Vázquez Colón, EL VOCERO
publicado 5 de octubre de 2020

Ante la tendencia alcista en la venta de propiedades residenciales, ha proliferado la modalidad de querer vender las casas a precios tan altos que se salen del valor de tasación, ocasionando que muchas transacciones de compraventa no concluyan, porque el comprador se niega a pagar sobre tasación o el dueño desiste de vender si no recupera lo invertido.

Algunos sectores opinan que esto está ocurriendo por la falta de inventario disponible ante la alta demanda de compradores que quieren aprovechar las bajas tasas de interés. Mientras que otros explican que los dueños sobrevaloran sus residencias tras realizar inversiones que no se pueden recuperar. Equivocadamente los propietarios piensan que si invierten $50,000 en su residencia, la propiedad automáticamente aumenta en ese mismo valor.

El tasador José Blondet, quien lleva sobre 25 años en la industria inmobiliaria, expresó que antes “de invertir en la propiedad se debe pensar en el ‘range’ del mercado para saber cuánto sería la ganancia con una remodelación. El rendimiento de ese dinero será el que reconoce el mercado a base de las comparables, que son las ventas más recientes del sector. A veces hacen inversiones muy altas para el tipo de vecindario, por lo que recomiendo que se realicen mejoras con equipos y materiales parecidos a las demás casas”.

En un sentido muy similar se expresó el tasador Migdoel Rodríguez, quien entiende que muchas veces no hay balance entre el vecindario y las mejoras, por lo que no hay comparables que justifiquen los precios altos que les ponen a las casas. “Hay sobre demanda y mucha gente está cualificando por los intereses bajos, lo que por un lado podría aumentar los precios, pero si sigue la situación económica difícil y la gente se queda sin dinero para comprar, pueden bajar los precios. Es interesante todo lo que está sucediendo”, indicó.

Hay dueños que venden entre 10% y 15% sobre el valor en el mercado, porque no hay inventario. En la actualidad hay más demanda que oferta.

Simón Fernández, presidente de San Juan Board of Realtor, recomendó que “antes de invertir se debe averiguar el valor real de la propiedad a través de un corredor de bienes raíces para que le haga un análisis del mercado”,

Al momento de financiar
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Firman medida que establece nueva Ley de Condominios

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La gobernadora Wanda Vázquez Garced firmó la Ley 129-2020, que establece la Ley de Condominios de Puerto Rico para actualizar las normas que rigen la convivencia en los condominios. De igual manera, se deroga la Ley Número 104 de 25 de junio de 1958, según enmendada, conocida como la Ley de Condominios.

“El titular de un apartamento sometido al Régimen de Propiedad Horizontal tiene el derecho al pleno disfrute de su apartamento y de las áreas comunes, siempre que con ello no menoscabe el derecho de los demás titulares al disfrute de sus respectivas propiedades. Cada titular reconoce que el ejercicio del dominio en el Régimen de Propiedad Horizontal está limitado por los derechos de los demás titulares y que el derecho de propiedad sobre su apartamento tiene que ejercerse dentro del marco de la sana convivencia y el respeto al derecho ajeno”, indicó la gobernadora.

La escritura que establezca el Régimen de Propiedad Horizontal expresará clara y precisamente el destino y uso de toda área comprendida en el inmueble, excepto que la ley autorice lo contrario, una vez fijado dicho destino y uso sólo podrá ser variado mediante el consentimiento de 2/3 partes de todos los titulares, que, a su vez, reúnan 2/3 partes de las participaciones en las áreas comunes.

La nueva ley puntualiza que las modificaciones a la escritura matriz, con el fin variar el uso de un apartamento de uno residencial a uno no residencial o viceversa, requerirán del consentimiento unánime de todos los titulares.
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Publicado en elvocero.com el 17 de agosto de 2020