Especialistas reconocen la necesidad de actualizar la Ley, pero cuestionan sustituirla mientras un comité de enmiendas ya evalúa cambios al marco regulatorio
Por Carlos Aponte Inostroza, EL VOCERO 17/09/2026

Aunque entre representantes de las bienes raíces existe un consenso sobre la necesidad de modernizar el marco legal que regula la industria, la presentación de un proyecto de ley que propone derogar la Ley 10 de 1994 y establecer un nuevo marco jurídico para el sector ha generado cuestionamientos sobre el momento y el proceso utilizado.
La Ley 10 del 1994 es la normativa principal que reglamenta el negocio de bienes raíces y la práctica de los corredores, vendedores y empresas inmobiliarias en Puerto Rico la cual establece la Junta Examinadora de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces (JCVEBR) adscrita al Departamento de Estado; da a la Junta el poder de otorgar, suspender, renovar o denegar licencias a los profesionales del sector; fija las reglas de educación, exámenes y cursos requeridos para ejercer legalmente; y regula las prácticas justas en la venta, alquiler o manejo de propiedades para evitar fraudes; entre otros aspectos.
A juicio de los especialistas, ya existe un comité de enmiendas nombrado por dicha Junta desde el 2025 que lleva a cabo un análisis de las necesidades del sector, mientras evalúa también la protección del consumidor y el interés público.
Ante la situación presentada, el presidente de la JCVEBR, Miguel Mercado, mencionó que el organismo que preside reconoce plenamente la facultad constitucional de la Asamblea Legislativa para revisar, modernizar, enmendar o sustituir los estatutos que conforman el ordenamiento jurídico de Puerto Rico.
Asimismo, reconoció la necesidad de que la regulación de la industria de bienes raíces evolucione de manera responsable ante los cambios tecnológicos, económicos, profesionales y sociales ocurridos durante las últimas décadas.
Cualquier modificación sustancial al marco regulatorio debe evaluarse desde tres perspectivas inseparables:
protección del consumidor. integridad de la profesión
y capacidad efectiva del Estado para fiscalizar su cumplimiento,
Miguel Mercado Presidente de JCVEBP
“Precisamente, por reconocer esa necesidad, la Junta ha venido impulsando desde el año 2025 un proceso dirigido a revisar y modernizar la Ley Núm. 10 de 26 de abril de 1994, mediante un mecanismo de participación y consulta con los distintos componentes de la industria. Por consiguiente, la Junta favorece la modernización, pero considera improcedente aprobar una sustitución completa de la Ley 10-1994 sin antes integrar el análisis técnico del organismo regulador y el trabajo ya adelantado por el Comité de Enmiendas”, comentó Mercado.
Añadió que la regulación de la profesión de bienes raíces no constituye un asunto exclusivamente gremial ni responde únicamente a los intereses económicos de quienes participan en la industria, sino que su propósito fundamental es la protección del consumidor y del interés público.
“En una transacción inmobiliaria pueden estar comprometidos el patrimonio familiar, depósitos de compradores, fondos mantenidos en cuentas especiales, obligaciones hipotecarias, contratos de arrendamiento, compraventas, opciones, representaciones profesionales y otras relaciones jurídicas de gran trascendencia económica. Por ello, cualquier modificación sustancial al marco regulatorio debe evaluarse desde tres perspectivas inseparables: protección del consumidor. integridad de la profesión y capacidad efectiva del Estado para fiscalizar su cumplimiento”, sostuvo el ejecutivo.
Mercado resaltó que resulta significativo que el propio Proyecto de la Cámara (P. de la C. 1331) reconoce que la regulación adecuada es indispensable para garantizar transparencia, equidad, protección de los consumidores y confianza en la industria.
El ejecutivo mencionó que la medida no demuestra qué deficiencia exige derogar íntegramente la Ley 10-1994, sino que reproduce buena parte de la estructura regulatoria vigente; crea conflictos normativos y operacionales; contiene una ambigüedad penal identificada por la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT); y carece de disposiciones suficientes para asegurar la continuidad de reglamentos, expedientes, querellas, investigaciones y solicitudes pendientes.
No obstante, la presidenta de la Asociación de Realtors de Puerto Rico, Kristina Fábregas, expresó que los mecanismos presentados en la medida legislativa actualizan las prácticas proscritas a la realidad del mercadeo digital —incluyendo representaciones visuales que distorsionen la condición real de una propiedad— y responden a un consenso amplio entre sectores financieros, de construcción y de protección al consumidor.
“Nuestros profesionales son un instrumento vital para miles de familias que logran adquirir su hogar, y para comerciantes y empresas que dependen de transacciones de bienes raíces seguras y confiables. Este proyecto les da a esos consumidores el marco de protección que merecen”, acotó Fábregas.
INSTITUTO DE BIENES RAÍCES SYLVIA REALTY
“Abriendo las puertas al conocimiento”
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