Cuestionan sustituir la Ley 10 de Bienes Raíces

Especialistas reconocen la necesidad de actualizar la Ley, pero cuestionan sustituirla mientras un comité de enmiendas ya evalúa cambios al marco regulatorio

Por Carlos Aponte Inostroza, EL VOCERO 17/09/2026

legislacion-libros-mayete

Aunque entre representantes de las bienes raíces existe un consenso sobre la necesidad de modernizar el marco legal que regula la industria, la presentación de un proyecto de ley que propone derogar la Ley 10 de 1994 y establecer un nuevo marco jurídico para el sector ha generado cuestionamientos sobre el momento y el proceso utilizado.

La Ley 10 del 1994 es la normativa principal que reglamenta el negocio de bienes raíces y la práctica de los corredores, vendedores y empresas inmobiliarias en Puerto Rico la cual establece la Junta Examinadora de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces (JCVEBR) adscrita al Departamento de Estado; da a la Junta el poder de otorgar, suspender, renovar o denegar licencias a los profesionales del sector; fija las reglas de educación, exámenes y cursos requeridos para ejercer legalmente; y regula las prácticas justas en la venta, alquiler o manejo de propiedades para evitar fraudes; entre otros aspectos.

A juicio de los especialistas, ya existe un comité de enmiendas nombrado por dicha Junta desde el 2025 que lleva a cabo un análisis de las necesidades del sector, mientras evalúa también la protección del consumidor y el interés público.

Ante la situación presentada, el presidente de la JCVEBR, Miguel Mercado, mencionó que el organismo que preside reconoce plenamente la facultad constitucional de la Asamblea Legislativa para revisar, modernizar, enmendar o sustituir los estatutos que conforman el ordenamiento jurídico de Puerto Rico.

Asimismo, reconoció la necesidad de que la regulación de la industria de bienes raíces evolucione de manera responsable ante los cambios tecnológicos, económicos, profesionales y sociales ocurridos durante las últimas décadas.

Cualquier modificación sustancial al marco regulatorio debe evaluarse desde tres perspectivas inseparables:
protección del consumidor. integridad de la profesión
y capacidad efectiva del Estado para fiscalizar su cumplimiento,
Miguel Mercado Presidente de JCVEBP

“Precisamente, por reconocer esa necesidad, la Junta ha venido impulsando desde el año 2025 un proceso dirigido a revisar y modernizar la Ley Núm. 10 de 26 de abril de 1994, mediante un mecanismo de participación y consulta con los distintos componentes de la industria. Por consiguiente, la Junta favorece la modernización, pero considera improcedente aprobar una sustitución completa de la Ley 10-1994 sin antes integrar el análisis técnico del organismo regulador y el trabajo ya adelantado por el Comité de Enmiendas”, comentó Mercado.

Añadió que la regulación de la profesión de bienes raíces no constituye un asunto exclusivamente gremial ni responde únicamente a los intereses económicos de quienes participan en la industria, sino que su propósito fundamental es la protección del consumidor y del interés público.

“En una transacción inmobiliaria pueden estar comprometidos el patrimonio familiar, depósitos de compradores, fondos mantenidos en cuentas especiales, obligaciones hipotecarias, contratos de arrendamiento, compraventas, opciones, representaciones profesionales y otras relaciones jurídicas de gran trascendencia económica. Por ello, cualquier modificación sustancial al marco regulatorio debe evaluarse desde tres perspectivas inseparables: protección del consumidor. integridad de la profesión y capacidad efectiva del Estado para fiscalizar su cumplimiento”, sostuvo el ejecutivo.

Mercado resaltó que resulta significativo que el propio Proyecto de la Cámara (P. de la C. 1331) reconoce que la regulación adecuada es indispensable para garantizar transparencia, equidad, protección de los consumidores y confianza en la industria.

El ejecutivo mencionó que la medida no demuestra qué deficiencia exige derogar íntegramente la Ley 10-1994, sino que reproduce buena parte de la estructura regulatoria vigente; crea conflictos normativos y operacionales; contiene una ambigüedad penal identificada por la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT); y carece de disposiciones suficientes para asegurar la continuidad de reglamentos, expedientes, querellas, investigaciones y solicitudes pendientes.

No obstante, la presidenta de la Asociación de Realtors de Puerto Rico, Kristina Fábregas, expresó que los mecanismos presentados en la medida legislativa actualizan las prácticas proscritas a la realidad del mercadeo digital —incluyendo representaciones visuales que distorsionen la condición real de una propiedad— y responden a un consenso amplio entre sectores financieros, de construcción y de protección al consumidor.

“Nuestros profesionales son un instrumento vital para miles de familias que logran adquirir su hogar, y para comerciantes y empresas que dependen de transacciones de bienes raíces seguras y confiables. Este proyecto les da a esos consumidores el marco de protección que merecen”, acotó Fábregas.

Créditos para obtener licencia de Corredor de Bienes Raíces

Importante orientación para candidatos a Corredor de Bienes Raíces

Deseamos expresar nuestro más sincero agradecimiento al Presidente de la Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces de Puerto Rico, Miguel A. Mercado Ruiz, así como a todos los miembros de la Junta, por la pronta atención y respuesta oficial ofrecida ante la inquietud relacionada con las transcripciones académicas de estudiantes cuyos estudios aparecen expresados en horas contacto u horas reloj, en lugar de créditos universitarios.

Agradecemos profundamente la diligencia y el compromiso demostrado al atender este importante asunto y emitir la Resolución Núm. 2026-03, la cual brinda una importante orientación sobre los criterios administrativos para la evaluación de determinados estudios postsecundarios técnicos, tecnológicos o vocacionales.

Recordamos a todos los candidatos a Corredor de Bienes Raíces que el Artículo 10(e) de la Ley Núm. 10 de 1994, según enmendada, establece el requisito de haber aprobado un mínimo de sesenta (60) créditos universitarios para poder cumplir con el requisito académico correspondiente.

La Resolución Núm. 2026-03 establece parámetros importantes para la evaluación de estudios expresados en horas contacto u horas reloj y aclara que dichos estudios no serán rechazados exclusivamente por estar expresados en horas, siempre que se presente la evidencia necesaria para evaluar la naturaleza, nivel académico, duración y reconocimiento institucional del programa.

Asimismo, cuando resulte aplicable y conforme a las normas pertinentes, la Resolución establece como referencia administrativa la siguiente relación:
30 horas reloj de instrucción = 1 crédito semestral

Nuestro llamado a todos los candidatos

Si usted está considerando tomar el Curso de Corredor de Bienes Raíces, le exhortamos a leer detenidamente la Resolución Núm. 2026-03 que acompaña esta publicación.

Es importante que conozca los requisitos académicos y los criterios establecidos para determinar cómo sus estudios previos pueden ser evaluados para cumplir con el requisito de los 60 créditos universitarios requeridos.

Informarse correctamente y con anticipación le permitirá prepararse mejor para dar este importante paso hacia su futura carrera como Corredor de Bienes Raíces en Puerto Rico.

Agradecemos nuevamente al Presidente Miguel A. Mercado Ruiz y a todos los miembros de la Junta por su compromiso, diligencia y disposición de ofrecer claridad y orientación a nuestra comunidad de futuros profesionales de los bienes raíces.


RESOLUCIÓN NÚM. 2026-03:
Resolución para establecer el criterio administrativo para la evaluación y conversión de horas contacto u horas reloj de programas postsecundarios técnicos o tecnológicos a créditos universitarios, para propósitos del requisito académico establecido en el artículo 10(e) de la Ley núm. 10-1994, según enmendada.

Un rotundo éxito el Seminario: “Véndele a la mente, no a la gente”

Seminario: “Véndele a la mente, no a la gente”
Basado en el libro de Jürgen Klaric
Facilitado por la Prof. Martha Sylvia Torres, Decana del Instituto Sylvia Realty

El pasado 2 de septiembre de 2025, el grupo de Empresarios 360 se reunió en la Iglesia Fuente de Agua Viva, Vega Baja, para participar del seminario “Véndele a la mente, no a la gente”, inspirado en el reconocido libro de Jürgen Klaric y dirigido por la Profesora Martha Sylvia Torres, Decana del Instituto Sylvia Realty.

El evento contó con la participación de 48 asistentes y resultó ser un rotundo éxito, combinando aprendizaje, dinámica práctica y confraternización. Además del contenido académico, los participantes disfrutaron de un espacio de interacción con merienda, regalos y actividades grupales.

Una de las dinámicas más destacadas fue la conformación de cinco grupos de trabajo, cada uno encargado de diseñar estrategias de venta para dos productos ficticios, aplicando los principios de las neuroventas. Al final, cada equipo presentó su propuesta y, mediante votación, se seleccionó un grupo ganador, cuyos diez integrantes recibieron una medalla como reconocimiento.

El ambiente se distinguió por ser ameno, inspirador y fundamentado en valores bíblicos, resaltando que las ventas pueden realizarse de manera ética y alineada a los principios que agradan a Dios.

Ya es ley el uso de licencias de otros estados en Puerto Rico

Gobernadora firma la Ley 102-2025 y anuncia cambios ante críticas previas por riesgos a la salud y debilitamiento regulatorio

SAN JUAN, Puerto Rico – La gobernadora Jenniffer González Colón firmó el pasado viernes la Ley 102-2025, conocida como la Ley de Reconocimiento Universal de Licencias Ocupacionales y Licencias Profesionales en Puerto Rico, con la cual el país se convierte en la jurisdicción número 28 de Estados Unidos en adoptar este modelo de portabilidad.

La medida permite que personas con licencias vigentes en otros estados puedan ejercer en Puerto Rico sin necesidad de repetir el proceso de licenciamiento local.

El presidente del Senado y autor del proyecto, Thomas Rivera Schatz, celebró la firma destacando que esta política coloca a la Isla a la par con la mayoría de los estados de la nación. “Puerto Rico se convierte en la jurisdicción número 28 de nuestra nación… con reconocimiento universal de licencias ocupacionales”, escribió en sus redes sociales, agradeciendo a la gobernadora y a los legisladores que apoyaron la medida.

Sin embargo, desde que el proyecto fue aprobado por la Legislatura, diversas organizaciones profesionales y sectores de la sociedad civil han expresado preocupaciones sobre su impacto. Entre los grupos que alzaron su voz están el Colegio de Médicos Cirujanos, el Colegio de Abogados y Abogadas, la Asociación de Psicología de Puerto Rico y la Unión General de Trabajadores. Estas entidades advirtieron que, sin controles adecuados, la ley podría poner en riesgo la calidad de los servicios, la protección del consumidor y la salud pública.

Las principales objeciones se centraron en:

  • La posibilidad de que profesionales ejerzan sin dominio suficiente de las leyes y normas locales.
  • La reducción de estándares mínimos en campos como la salud, la educación o la ingeniería.
  • La falta de procesos de fiscalización claros para licencias emitidas fuera de la jurisdicción.
  • El riesgo de saturación del mercado laboral sin planificación ni análisis previo.

Ante ese panorama, la gobernadora confirmó en su comunicado oficial que trabajará con la Asamblea Legislativa para introducir varias enmiendas que fortalezcan la implementación del estatuto. Entre ellas:

  1. Desarrollo de un reglamento claro para cada Junta Examinadora.
  2. Programas de orientación para empleadores y profesionales.
  3. Un sistema de métricas para medir el impacto (retención, migración inversa).
  4. Pactos interestatales con reciprocidad mutua.
  5. Requisitos de residencia en Puerto Rico.
  6. Enfoque prioritario en profesiones críticas, como salud.
  7. Educación continua sobre leyes y reglamentos locales.

La Ley 102-2025 forma parte de un paquete legislativo más amplio que incluye la Ley 96-2025, la cual establece un procedimiento uniforme para la evaluación de licencias y permite la emisión de licencias provisionales si las solicitudes no se atienden en un máximo de 30 días.

Aunque el liderato legislativo del PNP y Proyecto Dignidad ha presentado estas reformas como una vía para atraer talento y dinamizar la economía, los gremios profesionales insisten en que cualquier cambio en los procesos de licenciamiento debe centrarse, ante todo, en proteger a la ciudadanía.

La gobernadora, por su parte, reiteró que el objetivo es lograr un balance entre apertura laboral y estándares profesionales robustos.

Articulo por José E. Maldonado Marrero publicado el 3 de agosto de 2025 en eyboricua.com

Excelencia en la Educación del Sector Inmobiliario, Compromiso Social y Humanitario

El pasado 29 de mayo de 2025, durante la Reunión Anual de Colegios Acreditados y Proveedores de Educación Continua de Bienes Raíces, la Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces (JCVEBR) de Puerto Rico se otorgó reconocimientos especiales a varias instituciones.

El Instituto de Bienes Raices Sylvia Realty fue reconocida por la Excelencia en la Educación del Sector Inmobiliario, Compromiso Social y Humanitario.

La Sra. M Sylvia Torres, Decana del Instituto de Bienes Raíces Sylvia Realty junto al Sr. Miguel Mercado Ruiz, Presidente de la Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces de Puerto Rico

Fotos cortesía de la Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces de Puerto Rico