Eliminado el B2B en servicios profesionales

Eliminado el B2B en servicios profesionales desde el 1 de marzo

El Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) en la prestación de servicios profesionales designados y servicios rendidos entre comerciantes, en los casos en que el volumen de negocios anual no exceda $200,000, quedó eliminado desde ayer, anunció hoy el secretario de Hacienda, Raúl Maldonado.

“El primero de marzo entró en vigor la eliminación de cobrar el Business to Business (B2B) por parte de ciertas pequeñas y medianas empresas (PYMES), según estipulado en la Ley 257-2018 de Reforma Contributiva. Con esta acción comenzamos a hacer justicia a uno de los principales motores de nuestra economía”, dijo el también el principal asesor financiero del Gobierno.

La licencia de bienes raíces no caduca. ¡Revive tu licencia!

…piensan que ya perdieron la licencia porque hace varios años está caducada y no cumplieron con el requisito anual de educación continua.

Muchos de nosotros tenemos al día nuestra licencia profesional de Bienes Raíces de Puerto Rico, porque hemos podido cumplir con los requisitos de educación continua y renovarla a tiempo. No obstante, tenemos colegas que por diversas razones no tienen al día su licencia. Ellos piensan que ya perdieron la licencia porque hace varios años está caducada y no cumplieron con el requisito anual de educación continua.

Para ellos, tenemos buenas noticias. ¡No han perdido su licencia! La misma no caduca simplemente se inactiva. Podrán ponerse al día con las horas crédito de educación continua anual y penalidades, según la Ley 124 del 5 de agosto de 2016, que enmienda el Artículo 17 de la Ley 10-1994, que se establece “con el propósito de suprimir el efecto de la cancelación de la licencia por el mero paso del tiempo.” Por lo tanto, como la licencia no caduca no tendrán que volver a tomar la reválida.

Es importante que ayudemos a nuestros compañeros a reactivar su licencia para que puedan continuar trabajando y así puedan generar ingresos con su negocio de bienes raíces. ¡Tú puedes ayudarles! Háblales del Instituto Sylvia Realty y el nuevo curso online Revive tu licencia de Bienes Raíces”. Un curso de bienes raíces que les permitirá cumplir con el requisito de horas crédito de educación continua y las penalidades requerido por la Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces de Puerto Rico, según el Artículo 18 del Reglamento 7962.

Comparte este mensaje con tus colegas
y ayúdalos a reactivar su licencia
para que tengan un año 2019 lleno de bendición.

 

M. Sylvia Torres
Decana

Si al compartir este mensaje un compañero se matricula en el curso online “Revive Tu Licencia De Bienes Raíces”, nosotros te ayudaremos a ti con tu educación continua. Recibirás del Instituto Sylvia Realty un seminario online de bienes raíces de 3 horas crédito electiva para renovar tu licencia, como un regalo de agradecimiento.
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Muchísimas gracias!!!! Es un placer tomar los cursos con ustedes, verdaderamente el aula virtual es muy conveniente.  Gracias!
~ Helga M Piñeiro, Corredora de Bienes Raíces, Puerto Rico

Aumenta a 10% la retención sobre pagos por servicios prestados

Atención Agentes Retenedores y Proveedores de Servicios:
Cambios a la retención en el Origen sobre Pagos por Servicios Prestados y a los Certificados de Relevo de Retención

La Ley 257-2018, firmada por el Gobernador el pasado 10 de diciembre de 2018, incorpora enmiendas a la Sección 1062.03 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado (“Código”), sobre la obligación general a toda persona, natural o jurídica, que en el ejercicio de una actividad de industria o negocio o para la producción de ingresos en Puerto Rico, efectúe pagos a otra persona por concepto de servicios prestados, de deducir y retener contribución sobre ingresos sobre dichos pagos.

El Artículo 59 de la Ley 257-2018 enmendó la Sección 1062.03 del Código para aumentar de siete por ciento (7%) a diez por ciento (10%) la retención sobre pagos realizados a partir del 1 de enero de 2019. Además, se dispone que, para los años comenzados luego del 31 de diciembre de 2018, la exención sobre la retención dispuesta en dicha sección, será sobre los primeros dólares ($500) pagados durante el año natural a la persona que prestó el servicio. En el caso de los relevos parciales que dispone el apartado (g) de la Sección 1062.03 del Código, las enmiendas introducidas por la Ley 257-2018 establecen que, efectivo el 1 de enero de 2019, la retención aplicable será de seis por ciento (6%).   >> continuar leyendo el Boletín Informativo de Rentas Internas Núm. 18-24 (“BI RI 18-24”)

 

Fuente: Hacienda.gobierno.pr. Publicado el 1 de enero de 2019.

DACO multa corredores de bienes raíces

DACO multa a varios corredores de bienes raíces

Por, entre otras cosas, anunciar a través de distintas plataformas electrónicas propiedades inmuebles para la venta que no están disponibles, con el propósito de atraer al consumidor e intentar venderle otra propiedad


El secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Michael Pierluisi Rojo, anunció la imposición de más de una veintena de multas contra varios corredores de bienes raíces por, entre otras cosas, anunciar a través de distintas plataformas electrónicas propiedades inmuebles para la venta que no están disponibles, con el propósito de atraer al consumidor e intentar venderle otra propiedad.

Esta práctica constituye una violación al Reglamento Contra Prácticas y Anuncios Engañosos y a la Ley Núm. 10 de 26 de abril de 1994, según enmendada, conocida como la “Ley para Reglamentar el Negocio de Bienes Raíces y la Profesión de Corredor, Vendedor o Empresa de Bienes Raíces en Puerto Rico”.

Según la Regla 7 del Reglamento Contra Prácticas y Anuncios Engañosos, constituye una práctica engañosa “anunciar un bien o un servicio para la venta y no tenerlo disponible”. Asimismo, la Regla 17 del Reglamento de Venta de Propiedades Localizadas Dentro y Fuera de Puerto Rico, establece que “los Vendedores, Corredores, Empresas de Bienes Raíces y Propietarios que se anuncien directa o indirectamente en Puerto Rico, vendrán obligados a cumplir cabalmente con las disposiciones del Reglamento de Prácticas y Anuncios Engañosos”.

En varias ocasiones, además, las fotos de las propiedades no correspondían a la realidad y el precio anunciado no era el correcto. En otros casos, los anuncios no presentaban la información completa requerida por ley, tales como el nombre del corredor y el número de licencia para operar, incumpliendo así con la Ley Núm. 10 que establece como una práctica proscrita “utilizar en cualquier anuncio o medio de promoción sólo un número de teléfono y/o dirección, sin indicar el nombre del corredor o empresa de que se trate, así como su número de licencia para operar”.

“La investigación realizada por el Departamento abarcó a más de 50 corredores de bienes raíces. Un gran número de corredores anuncian o mantienen vigentes anuncios de propiedades que ellos saben que no tienen disponible para la venta con el único propósito de atraer más clientes. Cuando el consumidor llama le dicen que la propiedad por la cual preguntan no está disponible, pero le comienzan a ofrecer otras. Esta es una práctica que ha ido en aumento, particularmente con la proliferación de plataformas digitales que hacen ofertas de propiedades en Puerto Rico y que vamos a continuar fiscalizando”, explicó el secretario de DACO.

“Hace unos meses, le llevé la preocupación a la Junta de Corredores, Vendedores y Empresas de Bienes Raíces, que expide las licencias de la profesión. Les anticipé que estaría tomando acción ante esta práctica que afecta a los consumidores. Estas multas serán referidas a la Junta para que hagan su propia investigación y tomen las acciones pertinentes, incluyendo la posible suspensión de licencias”, agregó.

Una vez más, el secretario invitó a los consumidores – y a los mismos corredores que identifiquen a otros corredores que estén incumpliendo con la ley – a que contacten a DACO si tienen información que apunte a esta práctica engañosa. Para ello, el DACO cuenta con herramientas en línea para la presentación de querellas o de confidencias, a través de daco.pr.gov.

 

Publicado en metro.pr el 29 de noviembre de 2018.

Más regulación para corredores de bienes raíces

Más regulación para corredores de bienes raíces

Pieza legislativa busca mayor claridad en cuanto a propiedades disponibles

 

En busca de evitar que se mantengan los anuncios de un inmueble para la venta o arrendamiento cuando el mismo no esté disponible por haberse vendido, rentado o eliminado del proceso, la Legislatura se apresta a considerar el Proyecto de la Cámara 1891 para detener la práctica que tildan de engañosa.

La medida presentada por los representantes José “Che” Pérez Cordero y Guillermo Miranda Rivera busca penalizar dicha práctica y responde a las innumerables quejas recibidas de consumidores.

“Con el Proyecto de la Cámara 1891 buscamos prohibir la práctica a todo corredor de bienes raíces de ofrecer o continuar ofreciendo en ese inventario una propiedad a la venta o en arrendamiento, cuando la misma no se encuentre disponible, so color de obtener negocios sobre otras propiedades vacantes para realizar algún negocio jurídico”, expresó Pérez Cordero.

Los legisladores explicaron que tal acción constituye una falta ética, cuando un corredor, a sabiendas de que la propiedad por la cual lo contactan no está vacante, decide voluntariamente mantenerla en el registro de propiedades disponibles para la venta o arrendamiento con la única finalidad de poder dar acceso a otras propiedades de su cartera y poder finiquitar algún otro negocio jurídico con ellas.

“Esto a su vez constituye un engaño para el cliente que, de buena fe, entabla una comunicación para obtener información de un inmueble en particular”, añadió Pérez Cordero. Sostuvo que el proyecto legislativo salvaguarda el mejor interés de los consumidores.

Reacciona la Asociación de Realtors

“Vemos la utilidad de la medida, ya que ella nos ayuda a que la industria se siga encaminando con la misma ética por la que nos regimos nosotros. La asociación continuará orientando a la Legislatura de cambios que protejan el derecho del consumidor puertorriqueño”, opinó, por su parte, Eddie López, presidente de la Asociación de Realtors de Puerto Rico.

En Puerto Rico, para ejercer la profesión, los corredores deben estar certificados por la Junta Examinadora de Bienes Raíces. Al presente, hay certificados unos 7,000 corredores y vendedores de bienes raíces y solo unos 710 pertenecen a la asociación.

Según López, “hay corredores que obtienen licencia sin pasar por un proceso de aprendizaje donde un corredor con experiencia le ayude”, por lo cual aseguró que el rol de la asociación es importante para garantizarles a los clientes un mejor desempeño de los profesionales en el campo.

“En la asociación se publican las propiedades a través de puertoricorealtorsmis.com. Ahora tenemos un acuerdo con My Florida Regional Multiple Listing Service, donde el corredor tiene 48 horas para actualizar el estatus del inmueble, si fuese vendido, opcionado o retirado. El incumplimiento de este conlleva penalidades que puede ir desde los $50 hasta los $5,000. O sea, hay consecuencias por las malas prácticas sin estar regulado por la Legislatura. Aquí se autocorrige y se multa”, destacó López.

Defendió que los realtors asociados se caracterizan por seguir el estricto código de ética que les rige y que tienen mecanismos y penalidades para garantizar las mejores prácticas hacia los clientes.

 

Por Ileanexis Vera Rosado. Publicado en el Vocero.com el 20 de noviembre de 2018.
Foto: El Capitolio, wikimedia commons

Éxitoso Seminario HUD

Gracias a Dios, a Alicia Jorge y a HR Mortgage, Corp. por la Alianza que tuvimos ayer con un fabuloso Seminario tipo charla conversatorio. Para nuestro Instituto Sylvia Realty fue super ver tantos profesionales de la Industria de Bienes Raìces unidos para conocer y trabajar con las propiedades reposeídas de HUD. ¡FELICIDADES!

 

 

 

 

Publicado en Facebook Instituto Sylvia Realty por Martha Sylvia Torres el 17 de noviembre de 2018.