Las nuevas regulaciones hipotecarias

Estas nuevas regulaciones le aseguran que va a obtener el préstamo que puede pagar. Limitan, además, los gastos que la entidad podrá cobrar al cliente.

 

Las nuevas regulaciones hipotecarias

Por Natalie Barnecett, gerente de Distrito de FirstMortgage.
Publicado en El Nuevo Día Digital/ Construcción, 18 de enero de 2014, el nuevodia.com

proteccion al consumidor financieroLa Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (CFPB, por sus siglas en inglés) se estableció en 2010 con el propósito de garantizar que los consumidores reciban la información que necesitan sobre el mercado de productos y servicios financieros, de manera que puedan tomar las decisiones financieras que consideren más convenientes para ellos y sus familias.

“Recientemente, la CFPB implantó nuevas regulaciones hipotecarias que van a influenciar los requisitos de cualificación para un préstamo hipotecario y el tipo de financiamiento que el consumidor puede obtener”, informó Teresa Pérez, gerente de Distrito de FirstMortgage. “Estas reglas crean una medida importante conocida como la “Ability to Repay Rule” (Capacidad de Repago), que exige que las entidades financieras consideren la capacidad de repago de los consumidores antes de extenderles crédito”.

Bajo los requisitos mínimos de la “Ability to Repay Rule”, la entidad financiera debe considerar ocho factores para la otorgación de un préstamo: 1) ingresos o activos corrientes, 2) empleo, 3) historial crediticio; 4) el pago mensual de la transacción, 5) pago mensual de otras hipotecas del consumidor, 6) capacidad para cubrir el pago mensual de otras obligaciones atadas al préstamo hipotecario (impuestos, seguros, etc.), 7) deudas actuales, incluyendo pensión alimentaria, 8) los pagos mensuales, incluyendo la hipoteca.

Esta regla crea una clasificación nueva de préstamos, conocidos como “Qualified Mortgage” (Hipotecas Cualificadas), la cual requiere entre otras cosas que la relación de deudas e ingresos no exceda del 43%, que los gastos y no relacionados al descuento de interés, no excedan de un 3% en una hipoteca de $100,000 o más entre otras restricciones.

A su vez, crea la clasificación de “Temporary Qualified Mortgages”, donde se clasificarán las hipotecas FHA, Veteranos, Rural, Fannie Mae y Freddie Mac”, en cuyo caso se permite que la cualificación se determine de acuerdo con las guías de financiamiento de las mencionadas agencias federales. En este caso, la restricción del 43%, no necesariamente aplicaría al proceso de financiamiento. No obstante, las demás reglas que impone la nueva ley, sí son de aplicabilidad.

“Básicamente, estas nuevas regulaciones no afectan la capacidad para obtener financiamiento en la mayoría de los casos”, comentó Pérez. “Más bien, le aseguran que va a obtener el préstamo que puede pagar. Limitan, además, los gastos que la entidad podrá cobrar al cliente”.

“Por otro lado, existen dos programas y beneficios gubernamentales que pueden ofrecer la solución que necesita el consumidor para obtener una propiedad”, destacó la ejecutiva. “Uno de estos programas gubernamentales es el que provee la Ley 87, que crea el llamado FHA Boricua, garantizado por la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico (AFV). El mismo permite financiar hasta el 98% del valor de la propiedad o tasación cual sea menor y el seguro hipotecario, hasta un máximo $300,000, siempre que se adquiera la propiedad para uso como vivienda principal”.

Además, los compradores que cualifiquen podrán beneficiarse del programa de subsidio gubernamental bajo la Ley Número 34, “Mi Casa Propia”, del 26 de junio de 2013, dijo Pérez. “El Programa, diseñado para ayudar a las personas de ingresos bajos o moderados, consiste de un subsidio de hasta un 3% del precio de venta o el valor tasado, lo que sea menor, que corresponda a una vivienda cuyo justo valor sea hasta $200,000. Ciertas restricciones aplican”.