Los beneficios del FHA Boricua y "Mi Casa Propia"

Estos fueron diseñados para estimular la compra de viviendas y pueden ofrecer la solución que necesita el consumidor para obtener una propiedad.

 

Los beneficios del FHA Boricua y “Mi Casa Propia”

Por Daniel Agosto, gerente de Distrito de FirstMortgage.
Publicado en El Nuevo Día – Construcción, 11 de enero de 2014, el nuevodia.com

Adquirir un hogar propio es una de las metas más importantes de la familia puertorriqueña y obtener el financiamiento adecuado es crucial para poder realizar ese sueño. Si bien con el comienzo del año entran en vigor cambios regulatorios para la industria hipotecaria, se mantienen vigentes dos programas y beneficios gubernamentales que fueron diseñados para estimular la compra de viviendas y pueden ofrecer la solución que necesita el consumidor para obtener una propiedad.

“Uno de los programas gubernamentales más efectivo y atractivo es el que provee la Ley 87, que crea el llamado FHA Boricua”, comenta Daniel Agosto, gerente de distrito de FirstMortgage. “El mismo provee un préstamo garantizado por la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico (AFV), que permite financiar hasta el 98% del valor de la propiedad o tasación cual sea menor y el seguro hipotecario. También, efectivo hasta el 30 de junio del 2014, todo cliente que cualifique, puede solicitar un préstamo sin monto mínimo, hasta un máximo $300,000, siempre que se adquiera la propiedad para uso como vivienda principal”. 

mi casa propia“Este financiamiento se otorga a un interés ventajoso, por lo que es importante actuar rápido para aprovechar lo que puede ser una oportunidad única para adquirir esa vivienda que desea”, recalcó Agosto. “Además, los compradores que cualifiquen podrán beneficiarse del nuevo programa de subsidio gubernamental bajo la Ley Número 34, “Mi Casa Propia”, del 26 de junio de 2013”, dijo el ejecutivo.

El programa, diseñado para ayudar a las personas de ingresos bajos o moderados, consiste de un subsidio de hasta un 3% del precio de venta o el valor tasado, lo que sea menor, que corresponda a una vivienda cuyo justo valor sea hasta $200,000. Este subsidio no excederá los $6,000, excepto cuando el precio de venta de la propiedad de nueva construcción sea en un proyecto de interés social, donde la aportación subsidiada podrá ser hasta un 5% del precio de venta, aun cuando exceda los $6,000. Este subsidio será aplicado al pronto o a los gastos directamente relacionados con la compra de la vivienda.

La Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda administrará los procedimientos necesarios para el cumplimiento de esta Ley. Algunos requisitos básicos para ser elegible son: que el solicitante no debe haber sido beneficiario de un programa similar en el pasado y que el precio de venta de la vivienda no debe exceder $200,000. Otros requisitos y condiciones aplican.

“Los municipios también ofrecen ayudas para financiamiento con fondos federales y cada uno tiene sus propios requisitos, que varían por municipio. Es importante que usted llame o visite el Departamento de Vivienda Municipal de su pueblo, para obtener una orientación”, recomendó Agosto

“Una buena entrevista inicial con su banquero hipotecario es crucial. En FirstMortgage, nuestro grupo de analistas de préstamos tiene como objetivo identificar qué producto se acomoda mejor a la realidad del cliente y sus necesidades”, exhortó el ejecutivo.